domingo, 24 de abril de 2016

LAS REDES SOCIALES EN EDUCACIÓN: Normas de uso



Trabajo en  un centro bilingüe  que podría apoyarse en  las redes sociales para la práctica del idioma. Sin embargo, según  la normativa al respecto establecida en el Reglamento de Régimen Interno del  centro está prohibido no está permitido el uso de teléfonos móviles, cámaras fotográficas, grabadoras, MP3 y otros aparatos semejantes durante el período lectivo, que incluye clases, actividades complementarias y extraescolares y recreos”. Muchas comunidades autónomas legislaron en este sentido, por ejemplo, pueden leerse los siguientes artículos:
Sin embargo la LOMCE promueve el uso y el desarrollo de las tecnologías de la educación.
En cualquier caso, sería conveniente que cada centro estableciera una serie de  para el uso adecuado de las redes sociales por todos los miembros de la comunidad educativa. Podrían ser las siguientes:
  1. Inclusión en el Reglamento de Régimen Interno una redacción clara al respecto de no permitir acciones que supongan una agresión a los derechos fundamentales de las personas, como al honor, a la intimidad, a la propia imagen, al secreto de las comunicaciones y a la protección de datos, estableciendo las sanciones oportunas, pero evitando la prohibición de los dispositivos electrónicos.
  2. Diseñar y poner en marcha una campaña educativa a través de las tutorías que promueva el correcto uso de la tecnología móvil, de Internet y de las redes sociales , incidiendo especialmente en las cuestiones éticas.
  3. Incluir en el Proyecto Educativo del centro un plan de uso didáctico de dispositivos móviles en el aula por aquellos departamentos interesados.
  4. El centro educativo promoverá la información a las familias y la adopción de pautas adecuadas en el uso de las redes sociales en el hogar.
  5. El centro pondrá a disposición del alumnado dispositivos electrónicos (ordenadores, portátiles, tabletas,…) en la medida de sus posibilidades. En caso que esto no sea posible, promoverá iniciativas BYOD, de modo que el alumnado pueda disponer de sus propios dispositivos.
  6. El uso de dispositivos personales solo estará permitido durante aquellas horas de clase en las que se vaya a realizar cualquier actividad pedagógica que los precise. El alumno deberá usar su dispositivo tal como lo indiquen sus profesores. 
  7. Los filtros de la red del centro se aplicarán a la conexión del dispositivo a Internet y cualquier intento de eludir los filtros de la red está prohibido.
  1. El alumno se responsabilizará y cuidará el material de acceso a Internet que ponga el centro a su disposición, así como del dispositivo personal que lleve al centro para la realización de cualquier actividad didáctica.
  2. El uso de redes sociales para la realización de actividades escolares debe de estar dirigida por el profesor responsable, el cual velará por el uso adecuado por parte del alumnado.
  3. El centro permitirá el uso de las redes sociales dentro de las actividades docentes siempre y cuando el alumnado esté claramente identificado, y se garantice el uso adecuado de dichas redes.
  4. Se prohibirá la reproducción, circulación y el uso en general, de fotografías, videos y grabaciones de los demás miembros de la comunidad educativa sin autorización correspondiente. 
  5. El centro velará por el cumplimiento de la Ley de Protección de Datos y de los Derechos de Autor de cualquier publicación en Internet y en las redes sociales.

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